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Código de Conducta y Ética Empresarial

Introducción

INTRACER considera que la conducta y la ética empresarial son fundamentales para el desarrollo de sus actividades y negocios, constituyendo elementos esenciales para la formación, crecimiento y sostenibilidad de la empresa.


Alcance y Aplicabilidad

El presente Código de Conducta y Ética Empresarial es aplicable a todos los servicios y actividades que realiza INTRACER en sus oficinas a nivel nacional e internacional, así como a todos sus trabajadores, colaboradores, afiliados y empresas vinculadas.

Todos los trabajadores de INTRACER están obligados a revisar, comprender y confirmar el conocimiento de este Código como condición para formar parte de la organización. Esta disposición forma parte del programa de cumplimiento y ética empresarial de la empresa.

Se consideran trabajadores aquellas personas contratadas por INTRACER bajo cualquier modalidad de prestación de servicios, ya sea temporal, eventual o permanente, así como empresas relacionadas y proveedores que mantengan vínculos comerciales con la organización.


Principios y Reglas Básicas

A. Confidencialidad y Protección de Datos

INTRACER respeta la confidencialidad y privacidad de la información de sus clientes y cuenta con procedimientos destinados a garantizar su adecuada protección.

  • Licitud, lealtad y transparencia: Los datos se obtienen de manera legítima y transparente, informando al cliente sobre el tratamiento de su información y solicitando su consentimiento cuando corresponda.
  • Limitación de la finalidad: La información recopilada se utiliza únicamente para los fines específicos para los cuales fue obtenida.
  • Minimización de datos: Solo se solicitan los datos estrictamente necesarios para cumplir con los objetivos establecidos.

B. Integridad

Todos los servicios y actividades desarrollados por INTRACER se realizan bajo los más altos estándares de ética profesional, imparcialidad y transparencia.

  • Los servicios son prestados de manera ética, profesional e imparcial.
  • Existe una política de tolerancia cero frente a la corrupción, el soborno, el tráfico de influencias y cualquier práctica de competencia desleal.
  • Los procedimientos utilizados cuentan con respaldo legal y aprobación correspondiente.
  • Los resultados emitidos se sustentan en evidencias, pruebas y hechos reales, garantizando objetividad e imparcialidad.

C. Conflictos de Intereses

INTRACER evita cualquier situación que pueda generar conflictos de intereses, incluyendo:

  • Relaciones con empresas que trabajen para un mismo cliente y puedan afectar la independencia de los servicios prestados.
  • Vínculos financieros o comerciales con entidades públicas o privadas que puedan comprometer la objetividad de la organización.

D. Antisoborno

  • Se prohíbe la aceptación u ofrecimiento de cualquier forma de soborno, incluyendo regalos, dádivas, beneficios indebidos o comisiones no contempladas en una cotización u orden de servicio.
  • Se prohíbe el uso de canales distintos a los oficialmente autorizados para la realización de pagos o transferencias a funcionarios públicos, clientes, contratistas, proveedores o trabajadores.

E. Conducta Empresarial Leal

INTRACER mantiene un firme compromiso con la ética, la transparencia y la lealtad en todas sus relaciones comerciales, buscando siempre la satisfacción y confianza de sus clientes y partes interesadas.

F. Responsabilidad Social

  • Salud y Seguridad en el Trabajo (SST): INTRACER cuenta con un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) orientado a proteger la salud y seguridad de trabajadores, clientes y terceros.
  • Condiciones Laborales Justas y Derechos Humanos: La empresa promueve el respeto de los derechos humanos y garantiza condiciones laborales justas para trabajadores, clientes y terceros.

G. Información, Comunicación y Divulgación

El presente Código de Conducta y Ética Empresarial se encuentra publicado en la página web de INTRACER y es de acceso público con la finalidad de informar y comunicar sus principios y compromisos.

Asimismo, cualquier acto o conducta inapropiada podrá ser reportado a través de los canales de contacto publicados en la página web institucional.


Fecha de aprobación: 07/02/2026

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